REGLAMENTO INTERNO DEL FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL CAMPESTRE
EL TELEFRE



Uso del Suelo



Los lotes baldíos y propiedades existentes que cuenten con un solo instrumento notarial no puede subdividirse con el propósito de reventa o para realizar la construcción de mas de una vivienda.


Los terrenos son para uso unifamiliar, por lo que apartamientos, construcciones dúplex, unidades plurifamiliares y condominios horizontales no están permitidos en un solo predio.


El Telefre es un fraccionamiento residencial campestre donde el establecimiento de negocios deberá estar sujeto a la aprobación de la junta de vecinos.




Requisitos y Restricciones de Construcción



En general, todas las construcciones del fraccionamiento deberán planearse con la idea de su integración al medio ambiente, conjugando la vivienda con la naturaleza mas que hacerlas resaltar. Para lograr esto siempre será preferible utilizar materiales y colores naturales. Un segundo elemento a considerar en el diseño de las construcciones será la autosuficiencia de la vivienda, para así lograr n ambiente de interrelación con la naturaleza congruente con el concepto de ecología.
Los estilos arquitectónicos adecuados, sin orden particular de importancia: El campestre rústico, utilizando materiales de acabado aparente, sin utilizar pinturas o aplanados El colonial campestre, que utiliza colores calientes, arcos de medio punto en los vanos y el pecho de paloma en los remates Y el campestre americano que combina los amplios ventanales de las viviendas modernas con los acabados aparentes de las rústicas.
En conjunto, las viviendas y los elementos de urbanización deberán crear un clima de amplitud, frescura y tranquilidad propios del campo.


Los planos definitivos para construcción de edificaciones en el fraccionamiento, incluyendo su ubicación dentro del terreno, plantas arquitectónicas, fachadas y estructuras secundarias, deberán someterse a la revisión de la Junta de Vecinos y deberá contar con el nombre del propietario y número de lote en donde se ejecutará el proyecto, nombre del arquitecto responsable y fechas estimadas de inicio y terminación de obra. La Junta de Vecinos emitirá las recomendaciones pertinentes para asegurar la compatibilidad de la construcción con el concepto del fraccionamiento.


Los planos deberán mostrar un diagrama completo de la distribución del sistema de agua para uso doméstico y drenaje, de acuerdo con el punto correspondiente en el capítulo de servicios en este reglamento.


Los propietarios deberán asegurar que cualquier modificación o ampliación a las construcciones se realizarán con apego al reglamento y se comprometerán a dar aviso a la Junta de Vecinos con los detalles de las modificaciones antes de realizarlas.



Area Construible



El área total construida en planta baja no deberá ser superior al 30% de la superficie total en terrenos mayores de 750 metros cuadrados o superior al 50% en terrenos de menos de 750 metros cuadrados. Lo anterior incluye las estructuras secundarias y excluye el área de estacionamiento de vehículos y la barda perimetral. No deberán edificarse viviendas con superficie total construida inferior a 80 metros cuadrados.


Se deberá reservar una distancia mínima de 3 metros entre el perímetro del lote y cualquier construcción, de tal manera que se asegure una distancia mínima de 6 metros entre construcciones adyacentes. Dentro de esta reserva solo se permite la construcción del portón de entrada, el acceso de vehículos y la barda perimetral.



Alturas



Todos los edificios o estructuras construidas en cualquiera de los predios del fraccionamiento tendrán como máximo dos plantas y ninguna construcción podrá exceder los 8 metros de altura total, incluyendo cumbreras o pretiles.


Como regla general, las construcciones no deberán obstruir la vista de los terrenos adyacentes ni de las edificaciones construidas con anterioridad.



Techumbres



Para mantener la armonía con el paisaje y asegurar la calidad de las vistas, los techos no deberán ser ocupados como depósitos ni tendederos a la vista. Es preferible que los techos sean de dos aguas y estar revestidos de teja de barro o cualquier otro material natural similar. En su conjunto, los tejados deberán servir para recolectar agua de lluvia.



Estructuras Secundarias



Las cocheras, cobertizos para bodega y otras estructuras secundarias deberán ser compatibles en términos arquitectónicos con la casa principal.


No se permite la construcción de frontones y canchas de squash dentro del fraccionamiento.



Muros de Contención



Los muros de contención visibles desde la calle deberán estar recubiertos de piedra natural.



Acceso Vehicular



Cada vivienda deberá tener por lo menos un área de estacionamiento para dos vehículos, mas espacio suficiente para dos vehículos adicionales por cada estructura secundaria destinada a uso múltiple social (alberca, palapa, salón de juegos, etc.). Estas áreas deberán localizarse dentro de los límites de la propiedad y no sobre la calle. Como regla general deberá proveerse espacio de estacionamiento suficiente para evitar estacionamiento permanente de vehículos sobre la calle las 24 horas.



Protección de las Vistas



Los tinacos, cuartos de servicio, tendederos para ropa y antenas de televisión y comunicaciones, deberán aislarse a la vista mediante muros que armonicen con el resto de la construcción o con vegetación. Si cualquiera de estos elementos se ubica en la azotea, deberá observarse la altura máxima de 8 metros a partir del nivel de la calle y cuidar de no obstruir la vista de los terrenos circundantes.





Cada propietario es responsable de mantener la vegetación dentro de su propiedad y de los lados del terreno que den hacia la calle, incluyendo banquetas. El mantenimiento incluye: Siembra de plantas de ornato y vegetación propia de la zona para proteger la flora y fauna natural del lugar riego y abono poda y corte de la maleza para conservar una apariencia ordenada y agradable. Esta responsabilidad es independiente si ya se ha construido y habitan en el fraccionamiento.


Bardas y Cercas



Las bardas perimetrales son un elemento crítico de armonía entre las diferentes construcciones y afectan directamente la apariencia general del fraccionamiento, por lo que es importante observar los siguientes lineamientos:


Se permiten diferentes tipos de barda dependiendo de su localización en el perímetro del terreno. Las opciones toman en cuenta el balance entre seguridad y apariencia.





Las bardas situadas en el fondo del terreno y colindantes con propiedades fuera del fraccionamiento, podrán ser de malla metálica ciclónica. Deberán ser de color verde y con altura máxima de 1.85 metros. Se recomienda sembrar plantas de cobertura en la parte inferior.





Se recomienda que las partes laterales del terreno que colindan con otros lotes del fraccionamiento, solo contengan un seto de arbustos podados a una altura no mayor de 1.20 metros.


Los frentes del terreno podrán tener una barda consistente en columnas cuadradas de 50 centímetros de lado por 1.20 metros de altura. Se pueden construir de ladrillo rojo o recocho aparente y con incrustaciones de piedra. El capitel se forma con un arreglo de manzarín y ladrillo redondeado que sobresalgan 5 y 10 centímetros respectivamente con respecto al cuerpo de la columna. La distancia entre columnas es de entre 4 y 5 metros y el espacio cubierto con seto de arbustos podados.





En el caso de que se quiera contener animales domésticos en el interior del terreno, podrá instalarse malla ciclónica por el interior de las bardas para que quede oculta hacia la vista exterior del terreno.


Los arbustos recomendados para la formación de setos y coberturas son: Limonaria (Murralla paniculata), Boj o Arrayán (Buxus microphylia o Buxus sempervirens), Trueno (Ligustrum vulgare o Ligustrum japonicum), Piracanto (Pyracantha coccinea), Azalea (Rhododendron), Romero (Rosmarinus officinatis), Aligustre (Ligustrum ovalifolium), Tulipán (Hibiscus), Gardenia (Gardenia jasminoides), Otate (Otatea acuminata), Bambú (Pyillostachys aurea), entre los principales.



Durante la Construcción



El horario autorizado para la realización de cualquier trabajo y/o surtimiento de materiales es de lunes a viernes de 8 a 18 horas y los sábado de 8 a 15 horas exclusivamente.


Durante el desarrollo de la construcción y desde su inicio, los trabajadores deberán contar con servicios sanitarios y agua potable proporcionados por el propietario.


Los materiales de construcción deberán almacenarse en un área ubicada a una distancia mínima de 5 metros de la calle y totalmente en el interior del predio, sin invadir de ninguna manera la calle o los lotes contiguos. Se prohibe afectar en cualquier forma el terreno fuera del área de construcción.


Al concluir los trabajos de edificación, el propietario deberá asegurarse que no queden materiales sobrantes sobre las calles o terrenos aledaños y que las terracerías del fraccionamiento que se hayan visto afectadas por el tránsito de camiones pesados, queden reparadas a su estado original.